La pensión de alimentos, que se encuentra regulada en el Código Civil (CC), es una de las obligaciones más importantes derivadas de la responsabilidad parental, tanto para hijos menores de edad como para aquellos que han alcanzado la mayoría de edad, pero siguen siendo económicamente dependientes.
En este artículo analizaremos cómo se determina la cuantía de la pensión de alimentos, qué factores influyen en su cálculo y qué diferencias existen entre la pensión de alimentos para hijos menores y mayores de edad.
¿Qué incluye la pensión de alimentos según la ley?
El artículo 142 del CC establece que la pensión de alimentos comprende todo lo necesario para la subsistencia, habitación, vestido y asistencia médica del hijo, así como su educación y formación mientras sea menor de edad y, en caso de que siga estudiando con aprovechamiento, hasta que alcance la independencia económica.
En este sentido, los gastos que cubre la pensión se dividen en:
- Gastos ordinarios: Alimentación, ropa, vivienda, gastos médicos habituales, educación escolar y transporte.
- Gastos extraordinarios: Aquellos imprevisibles o necesarios, como intervenciones médicas no cubiertas por la Seguridad Social, clases particulares o actividades extraescolares.
El pago de los gastos extraordinarios se suele establecer en una proporción determinada entre ambos progenitores.
¿Qué factores que influyen en el cálculo de la pensión de alimentos?
El artículo 146 del CC establece que «la cuantía de los alimentos será proporcional al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe«.
Así, el cálculo de la pensión no se basa en una cifra fija, sino que depende de dos factores clave:
- Las necesidades del menor.
- La capacidad económica de los progenitores.
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Las necesidades del hijo
- Alimentación, ropa y calzado.
- Gastos médicos no cubiertos por la Seguridad Social.
- Educación (incluyendo material escolar, matrícula, comedor).
- Vivienda y suministros básicos.
- Actividades extraescolares y de ocio.
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La capacidad económica de los progenitores
- Ingresos y patrimonio de ambos progenitores.
- Cargas económicas, como otras pensiones de alimentos o deudas.
- Gastos personales y familiares.
Criterios para el cálculo de la pensión de alimentos en hijos menores de edad
Para calcular la pensión de alimentos en hijos menores, los jueces suelen utilizar como referencia las Tablas Orientadoras del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que establecen importes aproximados en función de los ingresos del progenitor no custodio y el número de hijos.
Método de cálculo basado en ingresos
Los jueces suelen seguir estos pasos para determinar la pensión:
- Determinar los ingresos netos del progenitor obligado al pago: Se tienen en cuenta el salario, rentas, ingresos por actividades económicas y cualquier otra fuente de ingreso.
- Aplicar las tablas del CGPJ para establecer la cuantía mínima que le corresponde aportar según sus ingresos.
- Evaluar si hay circunstancias excepcionales que puedan modificar la cantidad (gastos médicos extraordinarios, discapacidad del hijo, situación de desempleo del progenitor).
¿Qué ocurre con la pensión de alimentos para hijos mayores de edad?
Cuando el hijo alcanza la mayoría de edad, la pensión de alimentos no se extingue automáticamente, sino que depende de su situación económica y laboral.
La obligación de pagar la pensión de alimentos no desaparece automáticamente al cumplir la mayoría de edad (18 años), sino que, según expresa el artículo 93 del CC, el progenitor debe seguir contribuyendo si el hijo no ha completado su formación o no tiene independencia económica por razones justificadas.
¿Cuándo se mantiene la pensión de alimentos después de los 18 años?
- Si el hijo está estudiando (universidad, formación profesional, oposiciones, etc.) con aprovechamiento, la pensión se mantiene hasta que termine su formación.
- Si el hijo no tiene medios para mantenerse por sí mismo, siempre que la falta de ingresos no sea por su propia voluntad.
Por ejemplo, un hijo de 22 años que sigue estudiando un grado universitario a tiempo completo y no trabaja, seguirá teniendo derecho a la pensión de alimentos hasta que termine sus estudios.
¿Cuándo se extingue la pensión de alimentos?
- Si el hijo empieza a trabajar y obtiene ingresos suficientes para ser independiente.
- Si el hijo abandona los estudios sin justificación y no busca empleo activamente.
En estos casos, el progenitor obligado al pago de la pensión de alimentos puede solicitar al juzgado la extinción de la misma.
¿Cómo se modifica la pensión de alimentos?
Las circunstancias económicas pueden cambiar con el tiempo, por lo que la pensión de alimentos puede aumentarse, reducirse o extinguirse a través de un procedimiento de modificación de medidas, que se inicia mediante la presentación de demanda de modificación de medidas ante el juzgado.
¿Cuándo se puede solicitar una modificación o extinción?
- Si el progenitor obligado a pagar sufre una reducción de ingresos significativa (por despido, enfermedad grave, etc.).
- Si aumentan las necesidades del hijo, por ejemplo, si sufre una enfermedad que requiere un mayor gasto.
- Si el hijo mayor de edad empieza a trabajar y deja de depender económicamente de los padres.
- El nacimiento de nuevos hijos puede ser motivo para solicitar una reducción de la pensión alimenticia destinada a los hijos de una relación anterior, pero no se trata de un derecho automático.
En conclusión, el cálculo de la pensión de alimentos depende de varios factores, como las necesidades del hijo, los ingresos de los progenitores y los criterios de los tribunales.
Para hijos menores, la pensión debe cubrir todos los gastos básicos y garantizar un nivel de vida adecuado. Para hijos mayores de edad, la pensión se mantiene si siguen estudiando o si no tienen medios económicos para mantenerse por sí mismos, pero puede extinguirse si alcanzan la independencia económica o si abandonan los estudios sin justificación.
Si tienes dudas sobre la pensión de alimentos o necesitas asesoramiento para su modificación o reclamación, es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho de familia.
